Levítico 25

Lev 25:1 Y Jehová habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo:
Lev 25:2 Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os doy, la tierra guardará sábado para Jehová.
Lev 25:3 Seis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña, y recogerás sus frutos;
Lev 25:4 Y el séptimo año la tierra tendrá sábado de reposo, sábado para Jehová; no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña.
Lev 25:5 Lo que de suyo naciere en tu tierra segada, no lo segarás; y las uvas de tu viñedo no vendimiarás; año de reposo será a la tierra.
Lev 25:6 Mas el sábado de la tierra os será para comer; para ti, y para tu siervo, y para tu sierva, y para tu criado, y para tu extranjero que morare contigo:
Lev 25:7 Y para tu ganado, y para la bestia que hubiere en tu tierra, todo el fruto de ella será para comer.
Lev 25:8 Y te has de contar siete semanas de años, siete veces siete años; de modo que los días de las siete semanas de años vendrán a serte cuarenta y nueve años.
Lev 25:9 Entonces harás resonar la trompeta del jubileo en el mes séptimo a los diez días del mes; el día de la expiación haréis resonar la trompeta por toda vuestra tierra.
Lev 25:10 Y santificaréis el año cincuenta, y proclamaréis libertad en la tierra a todos sus moradores: este os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia.
Lev 25:11 El año de los cincuenta años os será jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos:
Lev 25:12 Porque es jubileo; santo será a vosotros; el fruto de la tierra comeréis.
Lev 25:13 En este año de jubileo volveréis cada uno a su posesión.
Lev 25:14 Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano:
Lev 25:15 Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti.
Lev 25:16 Conforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la disminución de los años disminuirás el precio; porque según el número de los rendimientos te ha de vender él.
Lev 25:17 Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios: porque yo soy Jehová vuestro Dios.
Lev 25:18 Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis juicios, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros.
Lev 25:19 Y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella con seguridad.
Lev 25:20 Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de recoger nuestros frutos:
Lev 25:21 Entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y dará fruto por tres años.
Lev 25:22 Y sembraréis en el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis del añejo.
Lev 25:23 Y la tierra no se venderá para siempre, porque la tierra es mía; pues vosotros peregrinos y extranjeros sois para conmigo.
Lev 25:24 Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención a la tierra.
Lev 25:25 Si tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, su pariente más cercano vendrá y redimirá lo que su hermano hubiere vendido.
Lev 25:26 Y cuando el hombre no tuviere redentor, pero consiguiere lo suficiente para su redención;
Lev 25:27 entonces contará los años de su venta, y pagará lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión.
Lev 25:28 Pero si no consiguiere lo suficiente para recobrarlo para sí, entonces lo que vendió quedará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y en el jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.
Lev 25:29 Y el varón que vendiere una casa de habitación en una ciudad amurallada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta; un año será el término en que podrá redimirla.
Lev 25:30 Y si no fuere redimida dentro de un año entero, la casa que estuviere en la ciudad amurallada quedará para siempre para aquel que la compró, y para sus descendientes; no saldrá en el jubileo.
Lev 25:31 Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como tierras del campo; tendrán redención, y saldrán en el jubileo.
Lev 25:32 En cuanto a las ciudades de los levitas, siempre podrán los levitas redimir las casas de las ciudades que poseyeren.
Lev 25:33 Y el que comprare de los levitas, saldrá de la casa vendida, o de la ciudad de su posesión, en el jubileo; por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel.
Lev 25:34 Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque es perpetua posesión de ellos.
Lev 25:35 Y cuando tu hermano empobreciere, y se asilare a ti, tú lo ampararás; como peregrino y extranjero vivirá contigo.
Lev 25:36 No tomarás usura de él, ni ganancia; sino tendrás temor de tu Dios, para que tu hermano viva contigo.
Lev 25:37 No le darás tu dinero a usura, ni tus víveres a ganancia.
Lev 25:38 Yo soy Jehová vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán y para ser vuestro Dios.
Lev 25:39 Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo.
Lev 25:40 Como siervo, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá.
Lev 25:41 Entonces saldrá de contigo, él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.
Lev 25:42 Porque son mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto: no serán vendidos a manera de esclavos.
Lev 25:43 No te enseñorearás de él con dureza, mas tendrás temor de tu Dios.
Lev 25:44 Así tu siervo como tu sierva que tuvieres, serán de las naciones que están en vuestro alrededor: de ellos compraréis siervos y siervas.
Lev 25:45 También compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión:
Lev 25:46 Y los poseeréis como herencia para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en cuanto a vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis uno sobre otro con dureza.
Lev 25:47 Y si el peregrino o extranjero que está contigo se enriqueciere, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero que está contigo, o a alguno de la familia del extranjero;
Lev 25:48 después que se hubiere vendido, podrá ser redimido; uno de sus hermanos podrá redimirlo;
Lev 25:49 o su tío, o el hijo de su tío podrán redimirlo, o un pariente cercano de su familia podrá redimirlo; o si sus medios alcanzaren, él mismo podrá redimirse.
Lev 25:50 Y hará cuentas con el que lo compró, desde el año en que se vendió a él, hasta el año del jubileo; y el precio de su venta será conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un siervo asalariado.
Lev 25:51 Si aún le quedaren muchos años, conforme a ellos devolverá por su redención, del dinero por el cual se vendió.
Lev 25:52 Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces hará cuentas con él, y conforme a sus años devolverá el precio de su redención.
Lev 25:53 Como con el tomado a salario anualmente hará con él; no se enseñoreará sobre él con dureza delante de tus ojos.
Lev 25:54 Y si no se redimiere en esos años, en el año del jubileo saldrá, él, y sus hijos con él.
Lev 25:55 Porque los hijos de Israel son mis siervos; son siervos míos a los cuales yo saqué de la tierra de Egipto: Yo soy Jehová vuestro Dios.